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Vuelve a ver nuestra entrevista con Iker Beraza, Vocal asesor del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, y conoce todos los cambios que trae la Ley Crea y Crece para las empresas. VER AHORA
El reglamento se aplicará a todos los empresarios y profesionales, con la excepción de aquellos que ya estén sometidos al Suministro Inmediato de Información (SII) o de los que no tengan obligación de facturación. Por lo que se refiere a su ámbito territorial, es aplicable en toda España salvo en los territorios de régimen fiscal foral. En los Territorios Históricos de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, desde fechas recientes son aplicable los sistemas denominados ‘Ticket Bai’, cuyo funcionamiento es análogo al aprobado ahora para el resto de España.
El reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 2025.
El reglamento Veri*factu implica una serie de cambios en los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación. Entre los principales cambios se encuentran los siguientes:
La adaptación a la nueva normativa es obligatoria para las empresas y autónomos que estén sujetos al reglamento. Las empresas y autónomos pueden optar por adaptar sus sistemas informáticos de facturación existentes o por adquirir nuevos sistemas que cumplan con los requisitos del reglamento.
A este real decreto le seguirá la orden ministerial de desarrollo técnico, a partir de la cual los desarrolladores de programas informáticos deberán someterse a sus disposiciones en un plazo máximo de 9 meses.
Las empresas y autónomos que se adapten a la nueva normativa podrían obtener una serie de beneficios, como:
El Reglamento Veri*factu es una nueva normativa importante que tendrá un impacto significativo en las empresas y autónomos. Es importante estar informado de los cambios que implica y tomar las medidas necesarias para adaptarse a la nueva normativa.
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